DJI Prohibición en España II

Prohibición drones DJI: World Dron amplía la investigación tras nuevas respuestas del Ejército del Aire y del Espacio

Nuevas comunicaciones oficiales revelan diferencias de criterio entre distintas unidades militares mientras continúa la incertidumbre sobre el alcance real de la medida

Durante los últimos días, World Dron ha recibido numerosas consultas de operadores profesionales, empresas y pilotos recreativos preocupados por una posible prohibición del uso de drones DJI en espacios aéreos gestionados por el Ministerio de Defensa.

Tras la publicación de nuestra primera investigación, hemos continuado contactando directamente con distintas unidades del Ejército del Aire y del Espacio y con otros organismos relacionados con la coordinación de operaciones UAS para comprobar el alcance real de esta información.

Las nuevas respuestas obtenidas permiten ampliar significativamente la investigación.

Por un lado, existen comunicaciones procedentes de unidades militares que hacen referencia expresa a directrices superiores que impedirían el empleo de aeronaves DJI en determinadas zonas bajo responsabilidad del Ministerio de Defensa.

Por otro, también existen respuestas de otros organismos y conversaciones mantenidas con distintas bases aéreas que evidencian que todavía existen importantes dudas sobre el origen, el alcance y la aplicación práctica de esta medida.

Precisamente por ello, World Dron ha decidido continuar investigando antes de dar por definitiva cualquier conclusión.

Nuestro compromiso sigue siendo el mismo que desde el primer día: publicar únicamente información contrastada, diferenciando claramente los hechos acreditados de aquellas cuestiones que todavía permanecen pendientes de aclaración.

Cómo comienza la investigación

La investigación comenzó tras recibir diversos avisos de operadores que aseguraban haber visto rechazadas determinadas coordinaciones relacionadas con aeronaves DJI.

Ante la trascendencia que podía tener una medida de este tipo para miles de profesionales del sector, World Dron decidió no publicar rumores y dirigirse directamente a los organismos competentes.

Durante los últimos días se remitieron consultas oficiales a distintas bases aéreas, organismos responsables de la coordinación UAS y otros centros del Ejército del Aire y del Espacio con un objetivo muy concreto:

Confirmar si realmente existía una prohibición sobre los drones DJI, conocer su alcance y averiguar cuál era su fundamento.

Las respuestas obtenidas son las que permiten elaborar esta nueva actualización.

ECTA BA Albacete: la primera respuesta que confirma la restricción

Una de las primeras respuestas recibidas por World Dron procede de ECTA BA Albacete.

En dicha comunicación se indica que, atendiendo a órdenes superiores recibidas el 15 de julio de 2026, no está permitido el empleo de sistemas UAS de la marca DJI sobre instalaciones militares, sus zonas de seguridad asociadas, espacios aéreos controlados y zonas de reserva o restricción gestionadas por organismos del Ministerio de Defensa.

La comunicación añade además una consecuencia especialmente relevante para aquellos operadores que ya disponían de coordinaciones autorizadas.

Según la propia unidad, las coordinaciones EARO concedidas para operaciones que incluyan aeronaves DJI deberán renovarse sustituyendo dichos sistemas por aeronaves de otra marca, al considerar que han cambiado las condiciones bajo las que fueron autorizadas.

Esta respuesta fue la que motivó que World Dron ampliara la investigación para comprobar si se trataba de una decisión propia de una unidad concreta o de una directriz común dentro del Ejército del Aire y del Espacio.

ECTA Talavera la Real desarrolla el procedimiento operativo

La investigación dio un paso más tras recibir una extensa comunicación remitida por ECTA Talavera la Real.

A diferencia de la respuesta anterior, este documento no solo hace referencia a la utilización de drones DJI, sino que desarrolla de forma detallada el procedimiento que deberán seguir los operadores que pretendan realizar operaciones dentro de las zonas geográficas UAS bajo responsabilidad de esta unidad.

La comunicación comienza indicando que, de acuerdo con directrices emitidas recientemente por instancias superiores del Ejército del Aire y del Espacio relativas a la seguridad operacional y la ciberseguridad, no está permitido el uso de sistemas UAS de la marca DJI, con independencia del modelo, peso o tipo de misión, dentro del espacio aéreo controlado correspondiente al CTR Talavera y en las zonas restringidas gestionadas por dicha unidad, entre ellas la LER86.

A partir de ese punto, el documento desarrolla el procedimiento administrativo necesario para coordinar operaciones.

Entre otras cuestiones, explica que determinadas operaciones requieren una Evaluación y Atenuación del Riesgo Operacional (EARO), establece cuándo resulta obligatoria la coordinación previa, regula la presentación de solicitudes con una antelación mínima de cinco días hábiles, exige la tramitación del correspondiente Plan de Vuelo (FPL) mediante la plataforma ICARO XXI de ENAIRE y detalla la documentación técnica que debe acompañar a cada expediente.

Se trata, hasta la fecha, de la respuesta más extensa y detallada recibida durante esta investigación.

El CECAF aclara cuál es realmente su competencia

Dentro de las consultas realizadas por World Dron también se contactó con el Centro Cartográfico y Fotográfico del Ejército del Aire y del Espacio (CECAF) para conocer si este organismo podía confirmar la existencia de la supuesta restricción.

La respuesta recibida aporta una aclaración importante.

El CECAF explica que únicamente gestiona las solicitudes de Obtención de Imágenes Aéreas (OIA) en las zonas restringidas al vuelo fotográfico recogidas en el AIP ENR 5.7, cuando las operaciones tienen por finalidad la realización de fotografías, filmaciones o cualquier otra captación de imágenes aéreas.

Asimismo, precisa que cualquier otra cuestión relacionada con la coordinación operativa de vuelos, el cumplimiento de otros requisitos normativos o la gestión de zonas del Ministerio de Defensa corresponde a los organismos competentes que figuran en la normativa vigente.

Esta respuesta no confirma ni desmiente la existencia de una limitación sobre los drones DJI, pero sí delimita claramente las competencias del CECAF y permite concluir que este organismo no es quien decide las coordinaciones operativas ni las posibles restricciones aplicables a los operadores UAS.

Getafe: una conversación que introduce nuevas dudas

Con el fin de contrastar toda la información recibida, World Dron también mantuvo una conversación telefónica con personal de la Base Aérea de Getafe.

Durante dicha conversación, los interlocutores manifestaron no tener conocimiento ni constancia de una instrucción general que prohibiera el uso de drones DJI en espacios aéreos militares.

Además, indicaron que una medida de esa trascendencia debería haber sido comunicada oficialmente a las unidades responsables de la coordinación de operaciones.

Aunque esta conversación no constituye un pronunciamiento oficial por escrito, sí refleja que, al menos en el momento de la consulta, no todas las unidades consultadas parecían disponer de la misma información.

Torrejón: sin confirmación oficial

World Dron también remitió una consulta a la Base Aérea de Torrejón (LETO) con el objetivo de conocer su posición sobre la posible restricción.

La respuesta obtenida fue extremadamente breve y se limitó a remitirnos a "fuentes fiables en redes sociales", sin responder a las preguntas planteadas ni confirmar o desmentir la existencia de una instrucción interna.

Tras esa contestación, World Dron volvió a solicitar aclaraciones, sin obtener una respuesta adicional.

Paralelamente, diversos operadores que continúan realizando coordinaciones en zonas gestionadas por esta unidad han trasladado a World Dron que, hasta la fecha, sus expedientes EARO siguen tramitándose con normalidad y que durante dichos procedimientos no se les ha comunicado ninguna limitación específica relacionada con aeronaves DJI.

No obstante, World Dron quiere dejar claro que estas manifestaciones corresponden a la experiencia práctica de distintos operadores y no constituyen una confirmación oficial por parte de la Base Aérea de Torrejón.

Lo que sabemos... y lo que todavía no sabemos

Tras analizar toda la documentación recopilada hasta la fecha, la investigación permite afirmar varios hechos con un elevado grado de certeza.

Por un lado, existen comunicaciones escritas procedentes de ECTA BA Albacete y ECTA Talavera la Real que hacen referencia expresa a restricciones sobre el empleo de drones DJI en espacios bajo responsabilidad del Ministerio de Defensa.

Además, ambas respuestas atribuyen dichas restricciones a órdenes o directrices emitidas por instancias superiores del Ejército del Aire y del Espacio.

Sin embargo, la investigación también pone de manifiesto varias cuestiones que, por el momento, siguen sin respuesta.

World Dron no ha tenido acceso a la supuesta instrucción interna a la que hacen referencia esas comunicaciones.

Tampoco consta, hasta la fecha de publicación de este artículo, ninguna disposición publicada en el Boletín Oficial del Estado ni en otra norma pública que establezca con carácter general una prohibición del uso de drones DJI en todos los espacios aéreos gestionados por el Ministerio de Defensa.

Asimismo, las respuestas obtenidas de otras unidades y organismos muestran que no existe una percepción uniforme sobre esta cuestión, lo que explica la incertidumbre que actualmente existe entre numerosos operadores profesionales.

Esta situación hace especialmente importante seguir contrastando la información antes de extraer conclusiones definitivas.

World Dron solicita una aclaración al Estado Mayor del Ejército del Aire y del Espacio

Con el objetivo de ofrecer a los operadores información precisa y evitar interpretaciones erróneas, World Dron ha remitido una consulta formal a la Secretaría del Estado Mayor del Ejército del Aire y del Espacio.

En dicha consulta se solicita, entre otras cuestiones, que se aclare:

  • Si existe una instrucción o directriz vigente relativa al uso de sistemas UAS de la marca DJI.
  • Si dicha medida es de aplicación general para todas las unidades o únicamente para determinados espacios o bases aéreas.
  • Cuál es exactamente su ámbito de aplicación.
  • Si afecta únicamente a instalaciones militares y zonas restringidas o también a espacios aéreos controlados cuya gestión corresponde al Ejército del Aire y del Espacio.
  • Si la limitación resulta igualmente aplicable en aquellos casos en los que la normativa vigente no exige coordinación previa con la unidad militar competente.

World Dron publicará íntegramente la respuesta oficial que reciba, con el objetivo de que todos los operadores dispongan de una referencia clara y procedente de la autoridad competente.

Hasta entonces, la investigación continúa abierta.

Si alguna unidad del Ejército del Aire y del Espacio o del Ministerio de Defensa considera necesario realizar alguna aclaración o aportar información adicional sobre esta cuestión, World Dron pone este medio a su disposición y publicará dicha información con el mismo rigor e imparcialidad con el que se ha elaborado este reportaje.

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